La Excma. Diputación Provincial de Alicante ha concedido dos subvenciones al Ayuntamiento de Sanet y Negrals para la realización de actividades físicas y salud para mayores por un importe de 3.434,40.-€. dentro de la convocatoria del Área de Bienestar Social para «ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN SOCIAL Y ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO Y VEHÍCULOS. EJERCICIO 2022» (BOP Nº 70 de 11/04/2022 y Resolución BOP Nº 182 de 23/0/2022), ofreciendo con ello, un curso gratuito anual a todas/os aquellas/os vecinas/os que quieran ejercitar su cuerpo.
Así mismo, también se ha obtenido subvención valorada en 3.257,31.-€. para la adquisición de material ortopédico (silla de ruedas y andadores) así como un ordenador de sobre mesa y uno portátil, todo ello incluido en la convocatoria anteriormente referida del Área de Bienestar Social.
EXTRACTO BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO QUE LA CRISIS ENERGÉTICA ESTÁ SUPONIENDO SOBRE PYMES, MICROPYMES, PEQUEÑOS EMPRESARIOS AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES DEL MUNICIPIO DE SANET Y NEGRALS. ANUALIDAD 2022.
Solicitada por este Ayuntamiento de Sanet y Negrals subvención para minimizar el impacto económico producido por la crisis energética y habiéndose concedida ésta por Decreto del Sr. Diputado de Desarrollo Económico y Sectores Productivos núm. 2022/3724, de fecha 7 de septiembre de 2.022, se ha concedido al Ayuntamiento de Sanet y Negrals la cantidad de 12.619.-€. (DOCE MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE EUROS) con destino a minimizar el impacto económico que la CRISIS ENERGÉTICA está suponiendo sobre las pymes, micropymes, pequeños empresarios autónomos y profesionales del pueblo de Sanet y Negrals, dentro de la anualidad 2022 y en concreto para sufragar los conceptos de gastos de energía eléctrica, gas y carburante tal y como se establece en las condiciones de la subvención.
RESUMEN DE AYUDAS PARA MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO QUE LA CRISIS ENERGÉTICA ESTÁ SUPONIENDO SOBRE PYMES, MICROPYMES, PEQUEÑOS EMPRESARIOS AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES DEL MUNICIPIO DE SANET Y NEGRALS. ANUALIDAD 2022:
– DESTINATARIOS:
Podrá obtener la condición de beneficiario de estas subvenciones toda persona física, jurídica o entidad carente de personalidad, que tenga la condición de pyme, micropyme, pequeño empresario autónomo o profesional, y reúna los siguientes requisitos:
a) Tener en el municipio de Sanet y Negrals su domicilio fiscal.
b) Encontrarse en funcionamiento en la fecha de presentación de la solicitud.
De conformidad con la Ley 2/2012, de 14 de junio, de Medidas Urgentes de Apoyo a la Iniciativa Empresarial y los Emprendedores, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la Comunitat Valenciana, se considera pyme (pequeña y mediana empresa) la empresa que cumple con los siguientes requisitos, de acuerdo con el anexo I del Reglamento (CE) número 800/2008 de la Comisión Europea:
– IMPORTE DE LA CONVOCATORIA, CUANTÍA DE LAS AYUDAS Y FINANCIACIÓN.
El importe total que el Ayuntamiento de Sanet y Negrals destinará a estas ayudas asciende a 12.619,00 euros, que la Diputación Provincial de Alicante ha asignado a este municipio como subvención nominativa para minimizar el impacto económico de la crisis energética sobre pymes, micropymes, autónomos y profesionales.
La cuantía individual máxima a percibir de cada ayuda se estima que será de 1.000.-€. por solicitante, siempre dependiendo de la disponibilidad de tesorería.
Para el cálculo de la ayuda individual de cada solicitante se dividirá el importe de la convocatoria entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos para ser estimadas.
En todo caso NO podrá exceder del importe de los gastos justificados documentalmente por cada solicitante.
En el supuesto de que la cantidad global que resulte de sumar el importe de todas las ayudas económicas obtenido por la aplicación de los criterios anteriores, supere la cuantía de 12.619,00 euros, se procederá a disminuir su importe de forma proporcional hasta alcanzar dicha cuantía.
En ningún caso la cantidad global que resulte de sumar el importe de todas las ayudas concedidas podrá ser superior al crédito presupuestario existente para ello.
Asimismo, los gastos corrientes por los que se hayan recibido subvenciones de la misma naturaleza no se podrán volver a presentar en esta convocatoria, siempre que el importe concedido equivaliese al 100 por cien del gasto justificado.
– LAS AYUDAS ESTÁN DESTINADAS A SUFRAGAR EL COSTE DE CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES GASTOS:
Las ayudas están destinadas a sufragar el coste de cualquiera de los siguientes gastos corrientes necesarios para el funcionamiento y afectos directamente al negocio:
– Energía eléctrica. En periodo comprendido entre el 1 de abril de 2021 y el 30 de junio 2022.
– Gas. En periodo comprendido entre el 1 de abril de 2021 y el 30 de junio 2022.
– Carburantes. En periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio 2022.
Serán subvencionables hasta un 50% los conceptos de gasto corriente enumerados con anterioridad, abonados en el periodo comprendido.
Los conceptos subvencionables anteriores se justificarán mediante facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil y con la documentación acreditativa del pago.
Las facturas justificativas de gastos deberán ajustarse a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
De los justificantes deberá deducirse indubitablemente que se relacionan directamente con la actividad empresarial del solicitante.
No se admitirán como justificantes de gastos los albaranes, las notas de entrega ni facturas proforma.
No se admitirán como justificantes de pago de los conceptos anteriores los pagos en efectivo.
El IVA y el resto de impuestos y tasas NO son conceptos subvencionables.
– PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES ( Desde el día 19 de septiembre hasta el día 14 de octubre de 2022, ambos inclusive)
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 14 de octubre de 2022, contado desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases y convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
– CÓMO SE PRESENTAN LAS SOLICITUDES
En la presente noticia se podrán descargar las bases y modelos normalizados, así como, personándose en las oficinas del Ayuntamiento de Sanet y Negrals o solicitando su envío vía e-mail.
La solicitud se realizará preferentemente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sanet y Negrals, en el apartado de “TRÁMITES DESTACADOS”, trámite “INSTANCIA GENERAL”, adjuntando los modelos normalizados de solicitud, así como los anexos y documentación requerida.
También se ofrece la posibilidad de presentarlos por e-mail al correo electrónico; info@sanetynegrals.org o presencialmente de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.
– CONSULTAS RELACIONADAS CON LA CONVOCATORIA
A través del siguiente email info@sanetynegrals.org se responderán todas las dudas acerca de convocatoria, o bien llamando al 966408208 y preguntando por Angeles.
A través de la subvención de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, englobada dentro de la Convocatoria a AYTOS. DE LA PROVINCIA DE ALICANTE CON POBLACIÓN INFERIOR A 5.000 HABITANTES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN MATERIA DE AGRICULTURA Y SOSTENIMIENTO RURAL. ANUALIDAD 2016 publicada en el BOP nº 141 de 25/7/16, se ha concedido al Ayuntamiento de Sanet y Negrals una ayuda de 1.500,00.-€. para la realización de un curso de usuario profesional de productos fitosanitarios, nivel básico y para realizar el desbroce y limpieza de márgenes de los caminos Masils, Molí y Sort.
En el Boletín Oficial del Estado, nº 194 de 14 de agosto de 2012, se han publicado dos resoluciones de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, delMinisterio de Educación, Cultura y Deporte, por el que se convocan becas y ayudas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2012-2013, tanto para los estudiantes de enseñanza universitaria como para alumnos de estudios post-obligatorios y superiores no universitarios.
Se adjuntan dos enlaces donde encontrarán toda la información referente a las ayudas.
Se ha publicado en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, nº 6806 de 28/06/2012, las bases de la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y de material didáctico e informático, del alumnado de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y de unidades de educación especial, escolarizado en un centro público o en un centro privado concertado .
Se adjunta tanto la Orden 31/2012, de 22 de junio, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo donde se contiene las bases, así como, el anexo III a cumplimentar para su solicitud.
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